A- de 2008
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Severo Acosta Tarazona Vs. Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion A
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Corte Constitucional para velar por el cumplimiento de sus fallos de tutela
- Medidas en caso de incumplimiento
- Garantía a la eficacia de los derechos tutelados en la Sentencia T-254 de 2006
- Competencia excepcional para el cumplimiento de fallos de tutela aplicada en circunstancias especiales
- Condiciones para intervenir en cumplimiento de sus providencias
- Conserva competencia preferente para intervenir en cumplimiento de sus providencias
- Habilitada para adoptar decisiones que aseguren el cumplimiento de sus fallos cuando una alta corporación es renuente a cumplirlos
- Entidad debe motivar el acto administrativo de desvinculación y de no hacerse deberá reintegrar a un cargo similar al que desempeñaba al momento del despido
- Motivación de la desvinculación de funcionario que ejerce en provisionalidad cargo de carrera administrativa
- Competencia radica prima facie en cabeza del juez de primera instancia
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTO la providencia proferida el 13 de julio de 2006, por la Sección Segunda del Consejo en la cual se resolvió lo siguiente: “
- SEGUNDO. Estarse a lo resuelto en la sentencia proferida el 17 de febrero de 2.005 por la Subsección “A” de la Sección Segunda de esta corporación y mantener en su integridad la decisión en ella contenida, por medio de la cual se confirmó la sentencia del 21 de marzo de 2.003 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que negó las pretensiones de la demanda del señor SEVERO ACOSTA TARAZONA”
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR al Ministerio del Interior y de Justicia, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de esta providencia, motive el acto de desvinculación del señor Severo Acosta Tarazona. Si dentro del término establecido no se motiva el acto, ORDENAR su reintegro inmediato a un cargo similar al que desempeñaba al momento de su despido.
- TERCERO.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.